Pasos a seguir para beneficiarios de la Ley de Dependencia
Para optar a las prestaciones de la ley de dependencia es necesario tener el reconocimiento de grado de dependencia y el PIA (programa individual de asistencia) con el detalle de las prestaciones asignadas al solicitante.
Estos son los pasos:
1- Solicitar el reconocimiento del grado de dependencia
¿Donde?
Centro de salud, servicios sociales municipales que dispongan de un trabajador social
¿Quién?
La persona dependiente, un familiar o representante legal, o la administración a través de un trabajador social.
¿Cómo?
Presentar la solicitud de grado de dependencia (impreso) y la documentación exigida por cada comunidad.
– DNI
– Certificado de empadronamiento
– Declaración de la renta
– Informe social de actividad básica de la vida diaria (vestirse, movilidad, bañarse, usar retrete, alimentación)
– Informe de salud
2- La Administración pública contacta con el solicitante para realizar la valoración de la persona que solicita el grado de dependencia en el domicilio habitual.
3- Resolución del reconocimiento del grado: uno de los tres grados, se hace por correo.
4- Elaboración del PIA (plan individual de asistencia) por los Servicios Sociales junto con los familiares: detalles de servicios y/o prestaciones económicas necesarias teniendo en cuenta las necesidades, el entorno familiar y la disponibilidad de servicios.
5- Resolución del PIA y comunicación al beneficiario de los servicios asignados y de la fecha de inicio de las prestaciones.
El plazo de la administración desde la solicitud hasta comunicación del PIA es de 6 meses pero en muchas comunidades es mucho más largo.
- Las prestaciones económicas están vinculadas al servicio cuando no es posible el acceso al servicio público o concertado en función del grado de dependencia. Se supervisa el destino y la utilización de la prestación.
- La prestación de asistencia personal permite la contratación de un profesional para todos los grados de dependencia.
- Prestación para familiares: deben de haber cuidado el dependiente durante 1 año antes de poder pedir la prestación.